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Nota N°. 4048 Aprueban Comisiones Unidas dictámenes en lo general de reformas a Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley General de Medios de Impugnación

Palacio Legislativo 16-VI-08 (Notilegis).-Las Comisiones Unidas de Gobernación y Justicia, aprobaron, en lo general el dictamen de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, como parte de la Reforma Electoral.

Respecto a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, las modificaciones otorgan nuevas atribuciones a dicho órgano, relacionadas con el funcionamiento permanente de las salas regionales, así como la reducción de medios de impugnación y de nulidad de elecciones.

El dictamen también establece la homologación para el proceso de escalonamiento de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con lo que los magistrados durarán en su cargo nueve años improrrogables.

Durante la lectura de los artículos reservados, a propuesta de la diputada Valentina Batres Guadarrama (PRD), se aprobaron las modificaciones para que se conserve al término de seis años para ser elegibles como magistrados de la Sala Superior y el mismo tiempo no haber desempeñado cargo a dirección nacional, estatal, distrital o municipal en algún partido político.

Asimismo, se establece no haber sido registrado como candidato a cargoalguno de elección popular en los últimos seis años en las fracciones VII y VIII del artículo 213; y el artículo 223 en el que los servidores públicos y empleados de los partidos políticos de las Salas, del IFE y Partidos Políticos disfrutaran de dos periodos de vacaciones al año.

Referente a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, establece que corresponde a los órganos del IFE conocer y resolver el recurso de revisión y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los demás medios de impugnación previstos en la forma y términos establecidos por esta Ley y por los acuerdos generales que dicte la Sala Superior.

Asimismo, se aprobó que mediante el Juicio de Revisión Constitucional Electoralse combatan posibles violaciones procedimentales respecto de resoluciones de un órgano legislativo estatal, lo que parece exceder las facultades del TEPJF.

La interpretación que realicen las autoridades electorales competentes, al momento de resolver las impugnaciones que deriven de los asuntos internos de los partidos políticos, se hará privilegiando la conservación de la libertad de decisión política y el derecho a la autoregulación de los mismos.

Hasta las 21:40 continuaba la discusión en lo particular, de diversos artículos reservados, en su mayoría por la legisladora Valentona Batres Guadarrama (PRD).

AAP-CPC

 
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