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Nota N°. 4674 Partidos políticos deberán atender solicitudes de información a través del IFE; Diputados aprueban reforma a Ley Federal de Transparencia

Palacio Legislativo 07-X-2008 (Notilegis).-El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 299 votos a favor, el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para que los partidos políticos atiendan solicitudes de información, a través del Instituto Federal Electoral y publiquen en su página electrónica
reglamentos, acuerdos y demás disposiciones que regulen su vida interna.

El dictamen de la Comisión de la Función Pública pretende que los partidos y agrupaciones políticas nacionales cumplan con las nuevas disposiciones que en esta materia establece el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), y las previstas en el reglamento que expida el Instituto Federal Electoral (IFE).

El documento señala que a pesar de que el Cofipe establece las obligaciones que los partidos políticos deben cumplir en materia de transparencia y rendición de cuentas, éstas se modificaron recientemente con motivo de la reforma constitucional que en materia electoral fue aprobada por la LX Legislatura.

De acuerdo con el dictamen, el nuevo Código determina que las personas accederán a la información de los partidos a través del IFE, mediante solicitudes específicas y que el reglamento establecerá los formatos, procedimientos y plazos para desahogarlas.

De igual forma, añade, cuando la información solicitada tenga el carácter de pública y no se encuentre en poder del Instituto, el IFE notificará al partido requerido para que la proporcione en forma directa al solicitante, dentro del plazo que señale el reglamento y deberá informarle del cumplimiento de esta obligación.

“Cuando la información solicitada se encuentre disponible en la página electrónica del Instituto, o en la del partido de que se trate, se le notificará al solicitante para que la obtenga en forma directa, salvo que el interesado la requiera en forma impresa o en medio digital”.

En este sentido, añade, “los partidos políticos están obligados a publicar en su página electrónica la información”.

El documento expone que de conformidad con el artículo 42 del ordenamiento, la información que los partidos políticos proporcionen al IFE y que sea considerada pública, estará a disposición de toda persona a través de su página electrónica.

“Se considera información pública de los partidos políticos: sus documentos básicos; las facultades de sus órganos de dirección; los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general, aprobados por sus órganos de dirección, que regulen su vida interna, las obligaciones y derechos de sus afiliados, la elección de sus dirigentes y la postulación de sus candidatos a cargos de elección popular”.

ASC / JZM

 
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