Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Nota N°. 5165 Aprueba Comisión de Justicia dictamen de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Palacio Legislativo 01-XII-2008 (Notilegis).- La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, con motivo de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En reunión de trabajo de la instancia legislativa, los diputados avalaron tres adiciones a artículos vigentes al Código Penal Federal y la adición de dos artículos respecto a incluir tipos penales no existentes, así como enriquecer otros que están vigentes de la iniciativa de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Se decretó, en lo que se refiere al desvío de fondos destinado a la seguridad pública, gravar la penalidad hasta un tercio más de las penas al delito de peculado, cuando los recursos sean aportaciones federales a fines de la seguridad pública, con la intensión de darle herramientas al Sistema Nacional de Seguridad Pública y tener mayor control de los recursos federales.

Se castigará de cuatro a 10 años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a quien sin autorización conozca, obtenga, copie o utilice información contenida en cualquier sistema, equipo o medio de almacenamiento informáticos de seguridad pública.

Por lo anterior, si el responsable es o hubiera sido servidor publico en una institución de seguridad pública, se impondrá, además, hasta una mitad más de la pena impuesta, destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena resultante para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública.

Se estableció que al que cometa el delito de falsificación de uniformes y distintivos de las fuerzas armadas o de cualquier institución de seguridad pública, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y hasta quinientos días de multa.

También se aprobó imponer de uno a seis años de prisión y de cien a trescientos días de multa a quien cometa el delito de falsificación de uniformes y almacenamiento, distribución, producción, posesión, adquisición a uniformes e insignias.

Cabe destacar que la misma iniciativa se encuentra en discusión en la Comisión de Seguridad Pública, por lo que será hasta este martes que dicha instancia legislativa la discuta y en su caso la apruebe, a fin de que el dictamen se presente al Pleno de la Cámara de Diputados en su oportunidad.

Asimismo, la Comisión de Justicia aprobó dos puntos de acuerdo en los que exhorta al titular del Ejecutivo a instrumentar las acciones pertinentes a fin de prevenir la delincuencia organizada y la ola de violencia que aqueja a la sociedad mexicana, además de que lo urgió a expedir el Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y otro para establecer una Comisión Intersecretarial que combata y prevenga ese delito.

AILH-JZM

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos