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Nota N°. 5369 Reforma constitucional para reconocer derechos de los pueblos indígenas, tema pendiente de la LX Legislatura: Matías Alonso (Información de Domingo para Lunes)

Palacio Legislativo 28-XII-2008 (Notilegis).- El presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, Marcos Matías Alonso (PRD) advirtió que de no retomarse la iniciativa de reforma constitucional en materia de pueblos indígenas durante la actual legislatura, que modifica los artículos 2, 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, habrá un compromiso incumplido con esa parte de la sociedad y un rezago que se viene arrastrando desde el 2001.
El artículo 2° es modificado para hacer el reconocimiento de la personalidad jurídica de los pueblos y comunidades indígenas para que puedan ser reconocidos como sujetos de derecho público, ya que actualmente no hay ese reconocimiento, hoy en día se consideran como entidades de interés publico no como sujetos de derecho, lo cual implicaría el reconocimiento de un cuarto piso de gobierno que sería el reconocimiento de los pueblos indígenas, hoy sólo se reconoce la federación, estado y municipio.
El legislador explicó que “en esa parte del artículo se plantea que los pueblos indígenas tengan derecho a ser beneficiarios de la riqueza del país, esto quiere decir que sean participes del presupuesto de obras que se hagan dentro de sus territorios”, acotó.
En el artículo 26 se adiciona un tercer párrafo, el cual señala que: la legislación correspondiente establecerá los mecanismos necesarios para que en los planes y programas de desarrollo se tomen en cuenta a las comunidades y pueblos indígenas en sus necesidades u sus especifidades culturales a través de la consulta y consenso, garantizando su derecho al consentimiento, libre, previo e informado. El Estado les garantizará su acceso equitativo a la distribución de la riqueza nacional.
Esto inquiere su participación en la consulta bajo consentimiento libre, pleno de los pueblos indígenas en aquellos asuntos que afecten su vida y su situación de bienestar.
El artículo 115 se adiciona la fracción IX con dos párrafos, lo cual tiene que ver con que se respete el ejercicio de la libre determinación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos indígenas, de acuerdo a las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa.
Recordó que el 5 de diciembre del 2007 la comisión aprobó la iniciativa y posteriormente se remitió a la Comisión de Puntos Constitucionales; el dictamen que elaboró la comisión fue positivo para promover la reforma constitucional en los tres artículos.
Matías Alonso dijo que “la iniciativa tiene antecedente desde 1994 que fue cuando se originó el levantamiento armado y posteriormente se firmaron los Acuerdos de San Andrés”, puntualizó.

Finalmente, subrayó que “esta iniciativa seguiremos impulsandola hasta el último memento de la Legislatura, esperemos que puedan generarse los consensos entre las diferentes fuerzas políticas para que el país y los pueblos indígenas salgan beneficiados”, puntualizó.

ALR

 
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