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Nota N°. 1410 Diputada Damián Peralta presenta iniciativa para facultar a la ALDF a legislar para sancionar a servidores públicos

Palacio Legislativo 09-XII-2009 (Notilegis).- La presidenta de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, Esthela Damián Peralta, propuso reformar la Constitución y al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal para que a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) se le faculte para legislar en materia de sanciones a servidores públicos ante procederes arbitrarios.

Desde la máxima tribuna, la legisladora del PRD explicó que se pretende que la ALDF pueda legislar en materia de responsabilidades de los servidores públicos locales.

“Se trata de generar un marco jurídico que defina los parámetros en los que se desenvuelva todo servidor público. Un marco que reconozca sus derechos, pero que también imponga obligaciones legales en el ejercicio de sus funciones”, señaló Esthela Damián.

Dijo que también se le permitirá a la ALDF, exigir por la vía del derecho la imposición de sanciones ante el proceder arbitrario en el que pueda incurrir algún funcionario, así como la rendición de cuentas.

Damián Peralta añadió que ante las diversas lagunas legales del marco vigente, es necesario pugnar porque exista una verdadera delimitación legal de funciones y atribuciones de los servidores públicos de los órganos del gobierno local, al tiempo que se incluye un sistema de responsabilidades de los gobernantes.

Añadió que la autonomía que no se ha logrado, a pesar del avance que han representado las sucesivas reformas a la organización constitucional del Distrito Federal, ya que aún permanecen como facultades de los Poderes Federales una serie de materias que pueden y deben ser ejercidas por los órganos locales de gobierno.

El marco actual, dijo la legisladora, es insuficiente para satisfacer las aspiraciones de la sociedad, ya que se otorga una autonomía considerable en materia legislativa.

La propuesta pretende reformar y adicionar los artículos 108,109, 110, 111, 113 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 15, 42, y 76 bis del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

JZM

 
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