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Nota N°. 3485 Aprueba Comisión de Justicia en lo general minuta sobre Ley General contra el Secuestro; En lo que va del 2010 han ocurrido 674 secuestros: Benítez Treviño

Palacio Legislativo 21-IX-2010 (Notilegis).- La Comisión de Justicia aprobó en lo general y en lo particular la minuta del Senado de la República sobre la Ley General contra el Secuestro que establece sanciones más severas a quienes mutilen, violen o asesinen a las víctimas de este delito. Se sancionará hasta con 70 años de prisión a quienes mutilen o maten a las personas plagiadas.

El presidente de la Comisión de Justicia, Víctor Humberto Benítez Treviño (PRI), propuso a los legisladores apoyar la iniciativa avalada por el Senado de la República, ya que en el año 2005 se cometieron 325 secuestros. “De enero a junio del año 2010 llevamos 674 secuestros, si nosotros extrapolamos esta cantidad a fin de año, llegaremos a mil 248 secuestros, es decir que se ha incrementado en 5 años un 400 por ciento el delito de secuestro”.

“Creo que vivimos un momento muy delicado de crisis en materia de justicia, de una impunidad que agravia y enoja a la sociedad mexicana y que tenemos que combatir todos nosotros”, señaló.

Expuso que el dictamen que remitió la colegisladora es mejor que el que elaboró la Comisión de Justicia, ya que es reglamentaria de la fracción 21 del artículo 73 constitucional que nos obliga a ambas cámaras a legislar en materia de secuestro, segundo, es una ley general, no es una ley federal, es ley general que establece la concurrencia de autoridades federales y estatales en la persecución, sanción y castigo del delito de secuestro.

Además, explicó Benítez Treviño, establece tipos penales y sanciones correspondientes, de 20 a 40 años en el secuestro normal; de 25 a 45 en el secuestro exprés, de 25 a 55 cuando hay intervención de familiares o cuando intervienen parientes, se allana el domicilio, se ejerce violencia o se mutila al secuestrado y cuando participan elementos de las corporaciones policiacas o encargadas de procurar y administrar justicia.

Abundó que la pena de 20 a 40 años de prisión se incrementará cuando haya mutilación o pérdida de la vida del secuestrado a 70 años. “Estamos hablando de una cadena perpetua que he propuesto para tres delitos: homicidio calificado, violación tumultuaria y secuestro cuando hay mutilación o pérdida de la vida del secuestrado”.

Benítez Treviño señaló que entre otras bondades de la ley, sobresale la obligación para el Ministerio Público de actuar de oficio, a los servidores públicos de las áreas de procuración de justicia a denunciar el secuestro, que es uno de los grandes problemas.

En la estadística tenemos que de cada secuestro que se realiza sólo se denuncia uno. Con esta reforma, dijo, se establece un fondo para la reparación del daño y para el apoyo a las víctimas del delito, se establece la supletoriedad del Código Federal de Procedimientos Penales cuando las entidades federativas no hayan legislado en la materia.

Se establece un programa de protección para los testigos, con un plazo de hasta un año para que emitan las disposiciones reglamentarias el Procurador General de la República y procuradores estatales.

Además se ofrece un plazo de 180 días para conformar el fondo para la atención y para la prevención, sanción, persecución y castigo de los secuestradores, que es uno de los grandes temas donde hemos sido omisos, la prevención de los secuestros, la ayuda psicológica, médica, distingue entre lo que es la víctima del ofendido.

“Este dictamen que viene del Senado tiene muchas bondades, no es una ley perfecta, pero es un parteaguas para el combate del secuestro, que tiene irritada a la población por la impunidad en que vivimos por la falta de acción de las autoridades encargadas de perseguirlo, la falta de decisión de las autoridades judiciales”, dijo el diputado.

ALR-IPC

 
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