Palacio Legislativo 03-XI-2010 (Notilegis).- La Comisión de Justicia aprobó el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversos artículos de la Ley General de Salud, el Código Federal de Procedimientos Penales y la de la Ley Federal contra la Delincuencia organizada para sancionar con uno a nueve años de prisión a quién fabrique, elabore y venda de bebidas alcohólicas adulteradas.
Durante la reunión de trabajo de la Comisión de Justicia, Víctor Humberto Benítez Treviño (PRI), explicó que en el dictamen se establecen sanciones a quienes adulteren, la alteración, fabricación y el expendio de bebidas alcohólicas, además de que dichos delitos se homologan en la Ley General de Salud con una penalidad de uno a nueve años de prisión.
También en el dictamen considera el delito de adulteración, alteración, fabricación y expendio de tales bebidas alcohólicas como delincuencia organizada, ya que, dijo, se ha comprobado en términos del artículo 16 constitucional son siempre más de tres personas las que se dedican a fabricar, alterar o adulterar las bebidas alcohólicas.
Señaló que de acuerdo con la Cámara de Industria de Vinos y Licores, 6 de cada 10 botellas que se expenden en bares de barra libre están adulteradas y con más frecuencia son: whisky, ron, coñac y brandy.
“Distinguen entre lo que es la alteración de la bebida de la adulteración, en la alteración se conserva como base el alcohol y en la adulteración se sustituye el alcohol por otros derivados como el metanol y el etilenglicol. Se ha comprobado que el metanol puede provocar inclusive hasta la muerte y que tiene que ver con la gran parte de accidentes automovilísticos en donde desgraciadamente pierden la vida muchos jóvenes en nuestro país”, dijo.
ASC
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