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Nota N°. 4006 Presenta Ovando Patrón iniciativa para establecer un mando único en la policía de estados y Distrito Federal

Palacio Legislativo 09-XI-2010 (Notilegis).- El presidente de la Comisión de Seguridad Pública, José Luis Ovando Patrón (PAN), presentó una iniciativa de ley para establecer un mando único en la policía de estados y Distrito Federal que tiene por finalidad mejorar la función de la seguridad pública para combatir de una manera eficaz las estructuras de la delincuencia organizada.

Al hacer uso de la tribuna el legislador argumentó: “No ha sido sencillo para las instituciones encargadas de la Seguridad Pública recobrar la confianza en la gente; y menos enfrentarse con grupos de delincuentes que cuenta con armamento de alto poder, y sofisticado, superior al utilizado por las policías locales preventivas y de tránsito que se tienen dentro de cada entidad federativa, municipios y en el Distrito Federal”.

Por lo anterior, aseguró que es necesario implementar una serie de cambios estructurales encaminados a tener una mejor policía, cercana a la gente, coordinada, capaz y decidida a cumplir con su trabajo de prevención y combate al delito, con los elementos necesarios, conocimiento pleno de sus funciones, y con los recursos materiales de infraestructura y humanos suficientes, que tiendan a evitar que el elemento policial se corrompa.

Explicó que la baja remuneración salarial, en donde los 159 mil 734 policías municipales en activo registrados en el país por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el 60.9 por ciento recibe un ingreso máximo de $4,000 pesos mensuales, los convierte en un blanco perfecto para corromperse. Además refirió que el 70 por ciento de los policías se encuentran en el nivel básico de enseñanza, es analfabeta o sin instrucción. En tanto que los policías estatales tienen una situación parecida ya que tienen un promedio salarial de 6 mil 500 pesos.

Esta iniciativa propone el establecimiento de un mando único en los Estados y el Distrito Federal, que tendrá la obligación de atender las necesidades de seguridad pública, exceptuando las correspondientes a los cuerpos básicos de policía de proximidad; en aquellos municipios que no cumplan con los procedimientos de acreditación y desarrollo institucional.

Asimismo se establece que las instituciones municipales estarán bajo el mando del Presidente Municipal, cuando certifiquen las condiciones objetivas del desarrollo institucional y el procedimiento para la acreditación, conforme lo dispuesto en la Ley General de la materia. En caso contrario, se sujetarán al mando único del gobierno estatal.

Propone incorporar la facultad del Congreso de la Unión para instituir el mando único de las Entidades Federativas, además de los cuerpos básicos de proximidad municipal. Además, se incorpora la figura de cuerpo básico de policía de proximidad y se conserva la figura policial de tránsito. En casos de fuerza mayor o alteración grave del orden, la Institución Policial Municipal acatará las disposiciones del mando único estatal, únicamente durante la contingencia.

Reforma la Ley de la Policía Federal para reiterar la coordinación con el mando único de las entidades federativas. Por lo que se refiere a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública se establece incluir la definición de Plataforma México como toda tecnología para garantizar la procuración de una seguridad pública cada vez más sólida, mediante un sistema que genera información de inteligencia para asistir a la actuación policial en el combate con eficiencia en contra del crimen organizado.

Así también se reforma la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública para homologar las políticas relativas a la selección, ingreso, permanencia, estímulos, promoción, reconocimiento y terminación del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales y establece con carácter prioritario, la adquisición de viviendas dignas, a través del crédito correspondiente, por parte de los cuerpos policiales.

Precisa en sus artículos transitorios que una vez publicada la ley en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el mando único estatal se constituirá por las entidades federativas a más tardar en seis meses; que los Congresos locales deberán realizar las modificaciones a sus Constituciones y leyes para adecuar su normatividad para la transición de las instituciones policiales estatales y municipales; dentro tres meses.

Además que el Congreso, Legislaturas locales y del Distrito Federal, deberán destinar recursos necesarios para la reforma del nuevo modelo policial; que en los dos meses siguientes el Consejo Nacional de Seguridad Pública deberá emitir las condiciones objetivas del desarrollo institucional y el procedimiento para la acreditación de las instituciones policiales de los Municipios.

Mientras que los presidentes municipales, a más tardar en seis meses deberán formar los cuerpos básicos de policía de proximidad y tránsito municipales, con el fin de cumplir las obligaciones señaladas. La iniciativa reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución, de la Ley de la Policía Federal y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública para su análisis y dictamen.

ALR

 
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