Palacio Legislativo 06-04-2011 (Notilegis).- Por unanimidad, con 319 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma el artículo 152 de la Ley Aduanera.
El dictamen establece que de acuerdo con la Ley Aduanera, aquellos que importen o exporten mercancías deberán presentar ante la aduana por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento de importación, el cual deberá cumplir con los requisitos contemplados en la ley de la materia.
Se establece que para la toma de muestras de las mercancías de difícil identificación, a fin de identificar su composición cualitativa, uso, proceso de obtención o características físicas, se realizará de acuerdo con el procedimiento que prevé el reglamento para su análisis y dictamen conducentes
Para el caso de mercancías que no sean de difícil identificación, la autoridad aduanera dará a conocer mediante escrito o acta circunstanciada, los hechos u omisiones que impliquen la omisión de contribuciones, cuotas compensatorias y, en su caso, la imposición de sanciones.
El artículo queda de la siguiente manera:
Artículo 152.- Tratándose de mercancías de difícil identificación, que requiera la toma de muestras a fin de identificar su composición cualitativa o cuantitativa, uso, proceso de obtención o características físicas, se realizará dicha toma de acuerdo con el procedimiento que al efecto prevé el reglamento, para su análisis y dictamen conducentes.
Una vez obtenido el dictamen correspondiente, resultado del análisis practicado a las muestras de mercancías de difícil identificación, se notificarán al interesado mediante escrito o acta circunstanciada, los hechos u omisiones advertidos, dentro del plazo de seis meses contados a partir del acta de toma de muestras correspondiente, y se continuará el procedimiento conforme a los establecido en el presente artículo.
El dictamen pasó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
AMR
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