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Nota N°. 5837 Regresiva y contraria a la Constitución minuta que reforma la Ley de Celebración y Aprobación de Tratados Internacionales: Muñoz Ledo; Académicos, especialistas e investigadores se pronunciaron en contra

Palacio Legislativo 08-07-2011 (Notilegis).- Académicos, especialistas e investigadores se pronunciaron en contra de que se apruebe la minuta sobre la Ley de Celebración y Aprobación de Tratados Internacionales, que faculta a los estados y municipios a celebrar tratados internacionales, donde el Senado de la República será únicamente notificado.

Durante la inauguración del seminario sobre la Iniciativa de la Ley de Celebración y Aprobación de Tratados Internacionales, los expertos coincidieron en que es contraria estas propuesta a lo que establece la Constitución, e incluso se pone en riesgo la soberanía nacional.

El presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, Porfirio Muñoz Ledo, del grupo parlamentario del PT, consideró que “es regresiva y anticonstitucional” a lo que establece la Constitución Política, porque se retira al Senado la facultad de contrapeso que tiene con el Poder Ejecutivo para la toma de decisiones en asuntos internacionales.

“No hay nadie que haya sido consultado que no considere o bien grandes defectos o que representa un retroceso esencial y contraria a Tratados Internacionales y que es inconstitucional. Voy a hacer todo lo que esté en mis manos para oponerme a la minuta que envió el Senado de la República”.

En su intervención, Loretta Ortiz Alhf, investigadora de la Universidad Iberoamericana, aseguró que los tratados son contrarios a la Constitución, ya que con los Acuerdos Ejecutivos que se establecen en la minuta van a causar un gran desastre al permitir la celebración de instrumentos en sectores de hidrocarburos, fiscales, energía eléctrica, recursos naturales, telecomunicaciones, servicios y obras, sin aprobación del Senado y sólo con el dictamen aprobado de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

El Senado de la República sólo será notificado mediante la Secretaría de Relaciones Exteriores de la celebración de estos acuerdos. “El objeto de los Acuerdos Ejecutivos no es otro que la celebración de tratados internacionales sin la aprobación del Senado de la República”.

En tanto, Miguel Ángel Regidor, Coordinador de la Comisión de Derecho Internacional de la Barra Mexicana Colegio de Abogados A.C, dijo que no se establecen límites para la celebración de acuerdos interinstitucionales, es decir, se puede hacer entre un municipio, sin que éste sea responsable por el incumplimiento del acuerdo; sin embargo, sí se responsabiliza al Estado con las obligaciones contraídas a nivel internacional.

En el evento también participaron Manuel Becerra, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; Luis Antonio Huacuja, profesor del Posgrado en Derecho en la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM; Santiago Corchera Cabezut, especialista en Derecho Internacional y Derechos Humanos.

IPC

 
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