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Nota N°. 027 Dan trámite a iniciativa de Reforma Laboral que envió el Ejecutivo Federal; plantea transparencia en sindicatos, regula huelgas, outsourcing y permite contratos de prueba

Palacio Legislativo 04-09-2012 (Notilegis).- El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados Jesús Murillo Karam, remitió a la Dirección General de Proceso Legislativo, hasta en tanto se crea la Comisión del Trabajo y Previsión Social, la iniciativa que envió el Presidente de la República, Felipe Calderón que reforma la Ley Federal del Trabajo (LFT), fue turnada para su análisis y en su caso aprobación.

Previo a dar turno a las iniciativas contempladas dentro del orden el día, el presidente de la Mesa Directiva, Jesús Murillo Karam informó que en tanto se integren las Comisiones ordinarias, las iniciativas turnadas se conservaran en la Dirección General de Proceso Legislativo.

“Los asuntos turnados a comisiones durante esta sesión se conservaran en la Dirección General de Proceso Legislativo en tanto se integran las comisiones, en caso de la iniciativa preferente, esta presidencia solicita se integre la Comisión respectiva a la mayor brevedad, para darle inmediato tramite”, dijo.

La Gaceta Parlamentaria publicó la iniciativa propuesta por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados, el pasado primero de septiembre, la cual reforma disposiciones a la LFT, en la que plantea la democratización y transparencia como principios rectores de los sindicatos, regula las huelgas, contempla contratos de prueba y capacitación inicial, regula la subcontratación de personal (outsorcing) y propone poner como límite de 12 meses el pago de salarios vencidos en las demandas laborales.

En la exposición de motivos, especifica que dicha iniciativa responde a la necesidad de modificar el marco jurídico laboral, el cual que ha quedado rebasado ante las circunstancias demográficas, económicas y sociales; a la urgencia de incrementar la productividad de las empresas, la competitividad del país y la generación de empleos.

Por ello, la Ley contempla cambios importantes respecto a los principios de libertad sindical, de manera que se fortalezca la rendición de cuentas por parte de las directivas de los sindicatos, al tiempo de regular y mejorar las prácticas en las organizaciones sindicales y las disposiciones procesales, así como la normatividad laboral, la cual, actualmente, no prevé sanciones significativas a quienes incurren en prácticas desleales e informales contrarias a la ley.

Asimismo, prevé hacer obligatoria la entrega de un resumen de los resultados de la administración del patrimonio sindical a todos los trabajadores sindicalizados, así como incluir la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, su destino en la rendición de cuenta de los sindicatos.

Esta propuesta de reforma busca eliminar las condiciones laborales que dificultan que, en las relaciones de trabajo, prevalezcan los principios de equidad, igualdad y no discriminación.

La propuesta del titular del Ejecutivo, también propone que cuando un conflicto de huelga se prolongue por más de 60 días, tratándose de patrones que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos, o más de 120 días en cualquier otro caso, sin que los trabajadores lo hayan sometido a la decisión de la Junta, el patrón o los terceros que acrediten su interés podrán solicitar por escrito se inicie el arbitraje en cualquier momento.

El documento refiere que dicha propuesta tiene como objetivo evitar las implicaciones negativas que se desprenden de una duración prolongada de los conflictos laborales, por los efectos que se producen tanto a las partes involucradas como a la sociedad en su conjunto.

El Ejecutivo propuso incorporar la noción de trabajo decente que promueve la Organización Internacional del Trabajo, término que no contraviene la definición de trabajo digno que prevé la Constitución Política, y precisa, así, los elementos que deben prevalecer en la relación laboral, como la dignidad humana del trabajador y la no discriminación por razón de género, preferencia sexual, discapacidad, raza o religión.

Regula también, los periodos de prueba, el cual no podrá exceder de 30 días en caso de relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de ciento ochenta días (6 meses); no obstante, cuando se trate de puestos de dirección gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento de carácter general o para desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas, podrá extenderse hasta ciento ochenta días.

Igualmente, define el término de subcontratación y establece que dicha forma de relación laboral deberá celebrarse mediante un contrato por escrito y cumplir con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como prevé que la beneficiaria de los servicios tendrá la obligación de cerciorarse de la solvencia económica de la contratista.

La propuesta del Ejecutivo Federal incorpora un nuevo Capítulo en el Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo, con el objeto de regular los trabajos que se realicen en las minas. En especial, prohíbe expresamente el trabajo en tiros verticales de carbón, también denominados “pozos”, dado que en esta modalidad de explotación es en donde se presentan los mayores riesgos.

ALRG - OAA

 
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