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Nota N°. 273 Avala Comisión del Trabajo salarios caídos por un periodo máximo de 12 meses

Palacio Legislativo, 27-09-2012 (Notilegis).- La Comisión del Trabajo y Previsión Social avaló la propuesta del Ejecutivo para limitar el pago de salarios vencidos a 12 meses, a partir de la fecha del despido, en caso de juicio laboral.

La reserva al artículo 48 del dictamen de la iniciativa de Reforma Laboral presentada por la diputada Luisa María Alcalde Luján, de Movimiento Ciudadano, apoyada por el PVEM y el PRD, fue rechazada por la mayoría de los integrantes de la Comisión.

Por lo tanto, la redacción del artículo fue aprobada en sus términos.

Los legisladores determinaron que la redacción al artículo 48 quede de la siguiente forma:

“Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de doce meses”.

Este texto incluye la propuesta enviada a la Cámara de Diputados por el titular del Ejecutivo y añade que a los abogados, litigantes o representantes que promuevan acciones con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un juicio laboral, se les impondrá una multa de 100 a 1000 veces el salario mínimo general.

Agrega también que si dicha dilación es producto de omisiones o conductas irregulares de los servidores públicos, la sanción aplicable será la suspensión hasta por noventa días sin pago de salario.

OAA

 
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