Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Nota N°. 413 Minuta de Reforma Laboral enviada al Senado incluyó redacción aprobada en la Comisión y el Pleno: Mesa Directiva

Minuta de Reforma Laboral enviada al Senado incluyó redacción aprobada en la Comisión y el Pleno: Mesa Directiva

Palacio Legislativo, 09-10-2012 (Notilegis).- La Mesa Directiva rechazó que se haya alterado la minuta de Reforma Laboral que se envió al Senado y afirmó que el documento incluyó la redacción aprobada por la Comisión del Trabajo y por el Pleno de la Cámara de Diputados.

La Mesa Directiva presentó un detallado recuento del artículo 343-A, en el que se establece que no existe alteración alguna de la minuta de Reforma Laboral.

Afirma que el artículo 343-A de la iniciativa preferente del Ejecutivo Federal en materia laboral, relativa al trabajo en las minas, fue modificado a propuesta del diputado del PVEM, Tomás Torres Mercado.

La modificación fue aprobada por los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y por el Pleno, y fue integrada a la minuta enviada al Senado de la República.

La iniciativa enviada por el Ejecutivo estableció en ese tema:

Artículo 343-A Las disposiciones de este capítulo son aplicables en todas las minas de la República Mexicana, independientemente del procedimiento de explotación, se trate de minas a cielo abierto, subterráneas, tajos, minas de arrastre, tiros inclinados o verticales o la extracción se realice en forma artesanal, las que para los efectos de esta Ley son consideradas centros de trabajo.

En la reunión de trabajo de la Comisión, el viernes 28 de septiembre pasado, el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM) presentó una reserva con propuesta de modificación a ese artículo, en los siguientes términos:

Artículo 343-A Las disposiciones de este capítulo son aplicables en todas las minas de carbón de la República mexicana, y a todos sus desarrollos mineros en cualquiera de sus etapas mineras en que se encuentren, ya sea prospección, preparación, exploración y explotación, independientemente del tipo de exploración y explotación que se trate, ya sean minas subterráneas, minas de arrastre, tajos a cielo abierto, tiros inclinados y verticales, así como la extracción en cualquiera de sus modalidades, llevadas a cabo en forma artesanal, mismas que, para los efectos de esta ley, son consideradas centros de trabajo.
Esta propuesta fue leída de manera íntegra por el secretario de la Comisión de Trabajo, sometida a la consideración del Pleno de la misma por su Presidente y fue aprobada por la mayoría de sus integrantes.

Al finalizar los trabajos de la Comisión, se refirieron los artículos que habrían sido modificados por ésta, “señalándose con toda claridad que entre éstos se encontraba el 343-A”.

La Mesa Directiva precisó que todo consta en la grabación de los trabajos y en la correspondiente versión estenográfica de los mismos.

Tras lo anterior, la Comisión remitió a la Mesa Directiva el Dictamen, debidamente firmado y avalado por la mayoría de sus integrantes, el cual fue puesto a consideración del Pleno para su discusión y aprobación.

Este Dictamen incluyó la modificación aprobada por la Comisión de Trabajo, en los mismos términos.

Durante la discusión del Dictamen, subraya, el artículo 343-A no fue modificado por el Pleno.

Este Dictamen fue profusamente distribuido y publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados al inicio de la sesión, que se extendió por 12 horas.

En el curso de la discusión y votación del Dictamen en el Pleno de la Cámara de Diputados, el Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social remitió una única "Fe de erratas", la cual incluía una adición de un segundo párrafo al artículo 343-A.
Sin embargo, dicho texto no contaba con el aval de los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social ni de su Junta Directiva, razón por la cual no se le dio el trámite ante el Pleno".

La Minuta remitida a la Cámara de Senadores incluyó la redacción aprobada por la Comisión de Trabajo y por el Pleno de la Cámara de Diputados, concluyó la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

JGM

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos