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Nota N°. 925 Propone diputada Loretta Ortiz Ahlf que tratados internacionales sean revisados para evitar contradicciones con la Constitución

Palacio Legislativo, 15-11-2012 (Notilegis).- La diputada Loretta Ortiz Ahlf (PT) presentó una iniciativa para que los tratados internacionales sean firmados por funcionarios que designe el Ejecutivo y revisados por el Senado y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para emitir su opinión.

Se pretende evitar que esos documentos contradigan lo establecido por la Constitución, indicó la legisladora.

La iniciativa plantea que el Presidente de la República otorga poderes a los funcionarios que deseen que lo representen en la firma de tratados internacionales, sin eximirlos de la responsabilidad que conlleva la celebración estos instrumentos.

En la práctica, agregó, son pocos los tratados que firmados por el titular del Ejecutivo y la falta de regulación del ejercicio de esta facultad puede poner en riesgo la soberanía nacional.

Al presentar la iniciativa, la legisladora señaló que con los llamados acuerdos interinstitucionales o ejecutivos se puedan violar disposiciones constitucionales, al no quedar sujeta su celebración a la aprobación del Senado.

Por ello, también propuso modificar el texto del artículo 76 de la Constitución, para sujetar a la aprobación del Senado de la República todo instrumento internacional, sin importar la denominación que se le dé a dichos instrumentos, tratado, protocolo, convención, estatuto o acuerdo.

La diputada expuso también la necesidad de implementar la revisión previa de la constitucionalidad de los tratados celebrados por el Presidente de la República, con anterioridad, incluso a la aprobación del Senado.

“Este recurso tiene por finalidad no incorporar en el orden jurídico interno cualquier norma jurídica contenida en un tratado que sea incompatible con la Constitución”, explicó.

Por tal motivo, sugirió una adición al artículo 105 constitucional, con la finalidad de darle competencia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para emitir una opinión sobre la posible contradicción constitucional de los tratados y que dicha solicitud de opinión a la SCJN pueda realizarla la cuarta parte de la Cámara de Diputados.

OAA

 
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