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Nota N°. 1757 Los avances de la Ley General de Víctimas no se pueden desestimar y existe voluntad de corregir las inconsistencias, afirma Miriam Cárdenas Cantú

Palacio Legislativo 08-02-2013 (Notilegis).- Los avances de la Ley General de Víctimas, en vigor desde este viernes, no se pueden desestimar y existe voluntad de corregir las inconsistencias, afirmó la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Miriam Cárdenas Cantú (PRI).

Esta Ley recoge la “doctrina internacional” sobre este tema, indicó la legisladora en declaraciones a la prensa.

Dijo que las críticas que se han vertido sobre la supuesta falta de operatividad, serán solucionadas en los siguientes meses con reformas a la propia Ley General de Víctimas y con la expedición de la Ley secundaria.

El Congreso de la Unión aprobó esta ley, el 30 de abril de 2012, pero no fue publicada por el anterior gobierno federal que presentó una controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con el propósito de que fuera devuelta a los legisladores por sus presuntas inconsistencias.

Sin embargo, el presidente Enrique Peña Nieto retiró ese recurso judicial y ordenó su publicación, el 9 de enero de 2013, con la observación de entrar en vigor 30 días después.

Consultada sobre la entrada en vigor de esta Ley, Cárdenas Cantú señaló que existe el compromiso del gobierno federal y de los legisladores para que los aspectos inconsistentes sean subsanados antes de los 180 días que se marcan como obligación para expedir la Ley secundaria.

Recordó que ayer jueves el presidente Peña Nieto informó que enviará al Congreso un paquete de iniciativas relacionado con la legislación secundaria para una operación efectiva de la Ley General de Víctimas.

La diputada priista dijo que también se podrían incluir propuestas de diputados de la Comisión de Derechos Humanos, que ya han externado su intención de aportar ideas.

Entre las bondades de la legislación que hoy entra en vigor, mencionó que por primera vez se reconoce a las víctimas directas e indirectas, estas últimas como las personas que alrededor del agraviado direct padecen el sufrimiento.

Indicó que también tiene “derechos humanos generales de primer orden”, que garantizan la legislación, como el derecho a la justicia, a la reparación del daño y a las garantías de no repetición, independientemente que de ellos derivan muchos más para una atención integral.

AMR

 
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