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Nota N°. 4455 Avalan diputados que primer visitador de la CNDH funja de manera provisional como presidente del organismo cuando éste no sea designado

Palacio Legislativo, 01-10-2013 (Notilegis).- La Cámara de Diputados avaló que el primer visitador general de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) tome el puesto de presidente del organismo, por un periodo que no exceda de 90 días, si concluye el periodo para designarlo y no es elegido.

También ratificó que, en casos urgentes, las quejas ante la instancia puedan formularse de manera telefónica.

El dictamen, aprobado por unanimidad con 412 votos a favor, adiciona un tercer y un cuarto párrafos al artículo 10 y se reforma el primer párrafo del artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y se devuelve al Senado para su ratificación.

El documento deriva de dos iniciativas presentadas por los entonces diputados Pablo Escudero Morales (PVEM), en 2009, y Lucila del Carmen Gallegos Camarena (PAN), en 2011, aprobadas en la Cámara de Diputados y enviadas al Senado para su análisis, donde se integraron en un mismo dictamen.

En el artículo 10 se establece que, en el supuesto de que concluya el periodo de gestión del presidente de la CNDH y no haya sido designado uno nuevo, provisionalmente y por un período que no exceda de noventa días, el primer visitador general asumirá las funciones que corresponden a la presidencia.

En ausencia de éste, se hará cargo el siguiente visitador, de acuerdo al número que corresponda en orden progresivo, hasta en tanto se elija y designe al presidente de dicho organismo.

En este caso, el plazo para realizar el proceso de designación no deberá exceder de 90 días, contados a partir de la conclusión del período para el que fue designado el titular saliente de la instancia.

En tanto, se agrega al artículo 27 la posibilidad de presentar quejas ante a la CNDH de manera telefónica, en casos urgentes.

La legislación actual señala que las denuncias ante el organismo deberán presentarse por escrito y, en caso de urgencia, formularse “por cualquier medio de comunicación electrónica”.

OAA/JGM

 
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