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Nota N°. 5212 Aprueban diputados incrementar penas de prisión, hasta 40 años, y multas a diversas formas de terrorismo y su financiamiento y turnan al Senado la minuta

Palacio Legislativo 03-12-2013 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen de una iniciativa del Ejecutivo federal para elevar las penas de prisión, hasta de 40 años, y multas a diversas formas de terrorismo y su financiamiento, y que se considere delito grave y de delincuencia organizada.

El documento fue aprobado en lo general por 318 votos a favor, 114 en contra y dos abstenciones, posteriormente se desecho una reserva de la diputada Margarita Elena Tapia Fonllem (PRD) y el Pleno lo avaló en lo particular por 299 votos a favor, 113 en contra y cero abstenciones. Se turna al Senado.

El dictamen reforma el Código Penal Federal; el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Extinción de Dominio.

El documento señala que se impondrá pena de prisión de 15 y hasta 40 años y 400 a mil 200 días de multa, (antes se consideraba de seis a 40), a quien utilice sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo, material nuclear, combustible nuclear, para realizar actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados.

Indica que la misma pena se le impondrá a quien prepare un acto terrorista que se pretenda cometer, se esté cometiendo o se haya realizado en territorio nacional.

Especifica que a quien cometa el delito de robo de material radiactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuente de radiación, se le impondrán de 12 a 20 años de prisión y de 12 mil a 20 mil días multa.

El documento prevé que la persona que aporte o recaude fondos económicos o recursos, con conocimiento de que serán destinados para financiar o apoyar actividades de individuos u organizaciones terroristas, también se le impondrá una pena de hasta 40 años de prisión.

Asimismo, establece que quien emplee explosivos o materias incendiarias, o por cualquier otro medio destruya total o parcialmente instalaciones o vías de comunicación, servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos, se le aplicarán de 20 a 30 años de prisión.

Destaca que se impondrá de cinco a 15 años de prisión a quien maneje recursos o bienes dentro del territorio nacional, o hacia el extranjero, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

Precisa que estas penas se aumentarán hasta en una mitad, cuando el que las realice tenga un cargo público o se haya separado de su función dentro de los dos años siguientes.
Además, se les impondrá inhabilitación para desempeñar el empleo, cargo o comisión en personas morales sujetas al régimen de prevención hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Respecto a la extinción de dominio, indica que el Ministerio Público (MP) o, en los casos que determinen las disposiciones aplicables, las autoridades que regulan el sistema financiero nacional podrán ordenar a las entidades financieras la inmovilización provisional e inmediata de fondos o activos, a fin de mermar las estructuras financieras de organizaciones criminales.

La inmovilización provisional e inmediata ordenada por el MP tendrá una vigencia de 20 días contados a partir de que se ordenó la medida, dentro de este plazo, se solicitará al juez el aseguramiento de los fondos o activos.

En estos casos quedarán salvaguardados los derechos de las entidades financieras respecto de créditos otorgados, garantías u obligaciones contraídas con anterioridad y conforme a la ley.

YRE/JGM

 
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