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Óscar Mario Beteta
RadioFormulaCadenaNacional
07:48:00 | 2007.01.23
Entrevista a la ministra, Margarita Luna Ramos, sobre el reglamento de la Ley de juegos y sorteos

Oscar Mario Beteta.- Para hablar sobre este tema, yo agradezco muchísimo la disposición de la Licenciada Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La saludo con mucho respeto, señora Ministra, buen día.

Margarita Luna Ramos.- Buen día, Oscar Mario, gracias por llamarme, estoy a sus órdenes,

Oscar Mario Beteta.- Gracias. Oiga, a ver, dígame, entonces ¿Queda todo como estaba cuando, en su momento lo aprueba el ex Presidente Vicente Fox?

Margarita Luna Ramos.- Sí, queda válido el reglamento, Oscar Mario, tal como estaba.

Hubo discusiones muy interesantes sobre los puntos que se debatieron, pero, en algunos casos no se alcanzó la mayoría calificada para poder determinar su expulsión de la norma jurídica.

Oscar Mario Beteta.- Ahora, por ejemplo, hay ferias, como la de Aguascalientes, que según tenemos entendido y si no, por favor, corríjame, pueden operar desde siempre o tradicional o históricamente por una especie de vacío legal que aunque pudiera considerarse como fuera del marco regulatorio por este tipo de acciones específicas que lleva a cabo el Gobierno de Aguascalientes, puede seguirse promoviendo la feria año con año.

¿Cuál sería su punto de vista al respecto?

Margarita Luna Ramos.- Con mucho gusto, Oscar Mario.

Bueno, por principio de cuentas quisiera decirle cuál es el marco constitucional y legal de todo este problema.

Oscar Mario Beteta.- Si

Margarita Luna Ramos.- El artículo 73, fracción décima de la Constitución, establece que es facultad del Congreso de la Unión legislar en materia de juegos y sorteos.

Y este..., de juegos con apuestas y sorteos, entonces, la Ley Federal de Juegos y Sorteos está regulando juegos con apuesta.

Empieza con un primer artículo, diciendo que en un momento dado no..., quedan prohibidos en todo el territorio nacional, los juegos de azar y los juegos con apuesta.

Pero, hay una aclaración en términos de esta ley; y luego, el artículo segundo nos está diciendo, que sólo podrán permitirse, perdón..., el juego de ajedrez, el de dama y otros semejantes.

El de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar, el de pelota en todas sus formas y denominaciones, las carreras de personas, de vehículos y de animales y, en general, toda clase de deportes. Y en su fracción segunda dice los sorteos.

Bueno, la Corte interpretó que estos son los juegos permitidos en centros que están instalados permanentemente, exclusivamente.

Es decir, la ley es restrictiva, solamente determina que estos juegos pueden operar, estos juegos y estos sorteos.

Sin embargo hay una salvedad que nos da la propia ley en su artículo 11, en el artículo 11 está estableciendo la salvedad respecto de las ferias precisamente.

Y nos dice: 'la Secretaría de Gobernación queda facultada para autorizar en ferias regionales, el cruce de apuestas en los espectáculos que determine el Reglamento de esta ley...' Esta es la salvedad que nos ofrece.

Esto tuvo una discusión muy, muy fuerte al seno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para determinar que si la Secretaría de Gobernación tenía en realidad un cheque en blanco respecto de las ferias y podría autorizar incluso juegos no señalados en el artículo segundo que ya le leí.

Entonces, lo que se determino aquí, de manera mayoritaria, fue que esta salvedad que se establece en el artículo 11 respecto de las ferias regionales, debía analizarse desde el punto de vista de definir lo qué era el espectáculo.

Este..., entonces, si era un espectáculo con cruce de apuestas, aunque no estuviera comprendido dentro del artículo segundo, podía estimarse válido.

Y si no se trataba de un espectáculo, tendría necesariamente que ser uno de los establecidos en el artículo segundo.

Si nosotros acudimos al artículo 63, que es el que regula precisamente la instalación de ferias regionales, nosotros vemos que dice: 'la Secretaría podrá permitir el cruce de apuestas en ferias, únicamente en los siguientes espectáculos: carreras de caballos, en escenarios temporales, peleas de gallos, juegos de naipes y dados, ruleta y sorteos con (...)...'

Estas fracciones se votaron (SE CORTA COMUNICACIÓN)

Oscar Mario Beteta.- Bueno, parece que perdimos la comunicación con la Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, doña Margarita Beatriz Luna Ramos.

Repito, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declara vigente el reglamento de Ley de Juegos y Sorteos.

En otras palabras, lo que se autorizó, con algunos cambios, en el sexenio de Vicente Fox, seguirá tal cual, luego de que la Suprema Corte de Justicia determina como constitucional el contenido de la gran mayoría de sus artículos, que es lo que estaba explicando la señora Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos.

Parece que ya recuperamos..., señora Ministra, la seguimos escuchando.

Margarita Luna Ramos.- Perdón, se cortó.

Oscar Mario Beteta.- Sí, dígame usted.

Margarita Luna Ramos.- Entonces..., estábamos en el artículo 63, le decía que se habían votado de manera independiente, todos estos espectáculos y juegos que se regulan en ferias regionales, que son las carreras de caballos, las peleas de gallos.

Las carreras, pues no había problema, el artículo segundo establece que cualquier tipo de carreras es permitido.

En las peleas de gallos hubo un poquito de discrepancia, porque, pues no están especificadas en el artículo segundo.

Sin embargo, este..., la mayoría de los Ministros opinó, que en un momento dado esto era un espectáculo, entonces, que también entraba dentro de la posibilidad.

En el juego de naipes y dados, por los dados no hubo problema, porque están establecidos en el artículo segundo.

En el juego de naipes sí hubo una votación de 6 Ministros que estimaron que esto era inconstitucional y que debía expulsarse del artículo, lo mismo con la ruleta.

Los sorteos no porque están establecidos en el artículo segundo de forma genérica.

En lo personal, yo sí disentí un poquito de esta postura, al igual que la Ministra Sánchez Cordero y el Ministro Góngora Pimentel, porque nosotros estimamos que la carta blanca, se dice, se le da a la Secretaría de Gobernación, no es tal.

Pero, sí se entiende que en un momento dado lo que establece la posibilidad de que la Secretaría pudiera autorizar todo este tipo de juegos y espectáculos en ferias regionales, pues es la tradición.

Es la tradición mexicana que, de alguna manera establece esta posibilidad en todas las ferias regionales que se esperan con ansia en todos los lugares de nuestra República.

Sin embargo, el haber disentido nosotros en ese sentido, y por otro lado, el que hubiera habido nada más 6 votos respecto de los naipes y de la ruleta, pues hizo que se desestimara la acción y el artículo 63 quedó tal cual.

Oscar Mario Beteta.- Señora Ministra..., y le pregunto con absoluto desconocimiento sobre el tema, ¿qué no convendría, pues dejar claras las reglas y que no fuera a través de una especie de amparo, esto que le comentaba yo al principio, pero que no tengo muy claro, pudieran operar las ferias regionales en todo, en todo el país?

Margarita Luna Ramos.- Bueno, el reglamento está regulando las ferias regionales en todo el país y está estableciendo estos espectáculos que les menciono, efectivamente, carreras, peleas, juegos de naipes, dados, ruleta y sorteos.

Y eso ya está regulado con, incluso...

Oscar Mario Beteta.- Y ya no se tiene que recurrir a este..., creo que era un amparo o alguna, algún truco ahí medio regular para que..., este..., operaran este tipo de eventos, ¿no?

Margarita Luna Ramos.- No, para las autorizaciones sí está regulado ahora en este reglamento.

Una aclaración que quisiera hacerle, Oscar Mario, es la ley que se está reglamentando, es una ley de 1947...

Oscar Mario Beteta.- Fíjese nomás...

Margarita Luna Ramos.- Es una ley muy, muy antigua.

Aunque en los antecedentes de la propia demanda, de la controversia constitucional que resolvimos, se estableció que ha habido 5 intentos de reforma, lo cierto es que no se ha logrado.

Oscar Mario Beteta.- Señora Ministra, nos daría dos segunditos para no cortarle la idea con el reloj en automático y regresar con usted, por favor.

Margarita Luna Ramos.- Con muchísimo gusto.

Oscar Mario Beteta.- Gracias (Cúpula Empresarial, 07:48, 13´15´´, maga)

 
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