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Carmen Aristegui
MonitorMVS1025
08:21:00 | 2013.02.08
Acuerdos sobre Ley de Amparo están al 99 por ciento; el martes se discute en el pleno
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En la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, el análisis de la Ley de Amparo lleva un avance de prácticamente el 99 por ciento, por lo cual, el próximo martes estaría en posibilidad de iniciar la discusión y votación en el Pleno de San Lázaro, informó el diputado federal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Fernando Zárate.
En tanto, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Francisco Arroyo, notificó a la asamblea reunida en pleno, que la comisión señalada remitió el dictamen respectivo, al que se dio el trámite de “primera lectura”, a fin de que la semana entrante, se aborde en la sesión ordinaria.
Zárate Salgado explicó que la normatividad está consensuada prácticamente al 100 por ciento y aunque persisten un par de reservas planteadas por el Partido Acción Nacional (PAN), es prácticamente un hecho que se aprobará con ligeras modificaciones la próxima semana.
“La única controversia que existe respecto de dos supuestos; uno el artículo quinto que amplía el amparo a particulares, y número dos de la suspensión específicamente en lo que toca a los concesionarios del 27 Constitucional, es decir tierra, aire, suelo subsuelo y telecomunicaciones, son cuatro materias que no es poca cosa, sino es lo que representa la gran riqueza de nuestro país, o una gran parte de la riqueza en nuestro país”, agregó el legislador.
Explicó que la ley actual, marca que no se puede otorgar suspensión a quienes “impidan u obstaculicen la explotación de estos bienes” que constitucionalmente, acotó, están bajo la rectoría del Estado, como los petrolíferos, el espectro radioeléctrico, la energía eléctrica y todo lo que se otorgue en concesión.
Aclaró que el PRD afinó su postura en torno a la normatividad, luego de que en la reunión de la comisión, hace un par de días, se opusiera a la apertura técnica a la “privatización” de los bienes nacionales, en especial el petróleo.
Al evaluar la postura perredista, dijo, la bancada aceptó que en casos de negativa a otorgar la suspensión de los actos reclamados en juicios de amparo, no implica afectaciones al derecho de particulares.
“No implica que se les afecte un derecho a los particulares que actualmente prestan servicio, sino simplemente no lo obstaculizan de manera temporal, es decir, en el fondo siguen mantenido sus derechos, y si se les concede el amparo, se les tiene que restituir en sus derechos, única y exclusivamente no se les permitirá obstaculizar que es una fuente de negocio como se ha utilizado actualmente de despachos de abogados”, detalló.
Con los cambios a la minuta, que de aprobarse tendrían que retornar al Senado, el perredista dijo que “la Cámara se perfila a que el Estado tenga una mayor rectoría y que sus actos tengan mayor decisión sin menoscabar los derechos de los particulares, que pudieran presentar su juicio de amparo y al final ganar, sin embargo, no suspender los actos e impedir la prestación de este tipo de servicios”.
Agregó que en casos extremos, en que la negativa de suspensión temporal en juicios de amparo, afecte de manera irremediable los intereses del quejoso, en especial inversiones, la norma establecerá la figura del “complemento sustituto”, es decir, una compensación económica o de otro tipo, para dar por cubierto el reclamo y no dejar en la indefensión a quien exige respeto a sus garantías.
Sobre la reserva del PAN y su insistencia en adecuar las suspensiones en ciertas áreas como las referentes al artículo 27 constitucional, para no afectar derechos y certeza jurídica de particulares, empresas, concesionarios, dijo que el argumento es entendible.
“Pero nosotros creemos que tiene primacía, si bien es cierto tienen derechos, los derechos tienen que ser litigados y de fondo, y esos derechos no debieran afectar el desempeño de un acto de Estado, es decir, la utilización y la explotación de los recursos que el Estado debiera ejercer”, insistió.
Indicó que la reserva al artículo 129 de la Ley de Amparo, plantea que “se impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes de dominio directo referidos en el artículo 27 de la Constitución Política”,
La propuesta de redacción en la minuta, agrega que se negarán las suspensiones en juico de amparo “cuando los actos reclamados tengan como propósito salvaguardar los intereses de la colectividad, sin menoscabo de los derechos de los concesionarios”; sin embargo, falta que las bancadas y miembros de la Comisión de Justicia den su visto bueno. ys/m.

 
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