Gutierrez Vivo
c52
06:21:00 | 2007.05.08
Enrique Ostos Garza, abogado de Carlos Ahumada comenta en qué términos se libera al empresario argentino

Enrique Ostos, abogado de Carlos Ahumada: Sí, mire, ayer 7 de mayo a las 10:00 de la noche el juez 12 de lo penal me notificó la sentencia absolutoria por dos procesos que se habían acumulado, donde se estimó en un principio indebidamente por la Procuraduría de que era probable responsable de fraude en agravio del Departamento del Distrito Federal.

Durante el proceso, a través de una serie de pruebas se mostró su culpabilidad y el juez finalmente dicta una sentencia absolutoria por ambos delitos, por el fraude genérico y el delito de fraude genérico continuado.

A pesar de que a las 10:00 de la noche se le decretó su libertad, se le notificó, las autoridades del Reclusorio Norte, en una forma injustificada e innecesaria le permitieron, estuve yo presente, su libertad físicamente hasta las 3:00 de la mañana.

Al salir del interior del reclusorio, hacia la explanada, había un grupo, no menos de 20 o 25 agentes de la Policía Judicial que, sin mostrar documento alguno, obviamente ninguna orden de aprehensión, ni de presentación que en ese momento justificara nuevamente su detención.

Lo trasladaron a este lugar donde me encuentro, en las instalaciones de la Procuraduría del DF, a disposición de la Fiscalía para Asuntos Especiales, justificando dicho traslado en una simple orden de presentación.

El señor Ahumada llegó aquí alrededor de las 4:00 de la mañana, son las 6:30 de la mañana y no se le ha podido tomar su declaración en relación a la orden de presentación que le comento.

Ahorita él físicamente se encuentra a disposición de los servicios médicos para que se le examine previo a su declaración, si se encuentra en un estado físico y mental saludable.

Pensamos, bueno, hasta ahorita estoy seguro que no hay una orden de aprehensión, ni tampoco ninguna orden de arraigo, decretada por una autoridad judicial del DF hasta este momento.

Miguel Velasco, conductor: Licenciado Ostos, con esta orden de libertad o esta absolución, como usted señala, de estos dos procedimientos, queda totalmente saldado el asunto por el que se le perseguía a Carlos Ahumada; es decir, ya no tiene ninguna orden pendiente, ninguna acusación pendiente.

Enrique Ostos: Formalmente estaban las acusaciones que hubo desde 2004 a 2007, fueron cinco procesos instruidos por diversos delitos, en los cinco procesos, incluidos los dos de ayer, hubiera salido totalmente libre y ajeno a los cargos que le fueron imputados, ahorita aparentemente hay una averiguación o un par de averiguaciones acumuladas, pero sí quiero reiterar que no están ni integradas, mucho menos consignadas, por lo que se refiere a la orden de presentación que estamos en este momento en la Procuraduría y, por ende, no hay ninguna orden de aprehensión, ningún arraigo hasta ahorita.

Miguel Velasco: Entonces, y esta orden de presentación no sabe en qué términos está, no se sabe cuál es la razón específica por la que se da esta orden de presentación.

Enrique Ostos: Aparentemente que es por el uso de un documento falso y un documento que fue expedido oportunamente por un notario público, todavía no tengo acceso en estos momentos a la averiguación, seguramente una vez que lo suban del médico a la mesa investigadora podremos tener mayor información al respecto.

Miguel Velasco: ¿Le ha manifestado Carlos Ahumada alguna intención de denunciar esta situación?

Enrique Ostos: Bueno, aquí se encuentra ya gente de la Comisión de Derechos Humanos, que también lo estuvo acompañando desde que salimos del Reclusorio Norte, se encuentran aquí y ya se hizo una denuncia formal en la comisión, vamos a promover un amparo en contra de la incomunicación y esta detención y seguramente vamos a valorar la posibilidad de denunciar también a algunos agentes de la Policía Judicial que intervinieron de forma arbitraria, golpeando no sólo a algunos compañeros de los medios, sino también le causaron algunos moretones, lesiones a uno de los hijos del señor Ahumada.

Miguel Velasco: Dice que la orden de presentación se le exhibió posterior a la detención, no en el momento de tenerlo.

Enrique Ostos: Mire, la orden de presentación está fechada el día 4 de mayo, pero cómo es posible que haya una orden de localización y presentación para el señor Ahumada cuando el 4 de mayo el señor se encontraba privado de su libertad en el Reclusorio Norte, por qué no le tomaron ahí su declaración en relación a estas averiguaciones previas (Monitor, 6:21, 9’27”)

No se adunto Video por el sistema no soporta tal cantidad

H. Cámara de Diputados Coordinación de Comunicación Social