25 de abril 2024
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• La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos
 

Es el órgano encargado de realizar las tareas de preparación y programación de los trabajos de la Cámara de Diputados. A través de la Conferencia se establece un mecanismo de planeación de las tareas legislativas. Este órgano lo integran el Presidente de la Cámara y los miembros de la Junta de Coordinación Política. Las resoluciones se toman por consenso, y si éste no se logra, mediante el voto ponderado de los coordinadores de los grupos parlamentarios. La Conferencia es presidida por el presidente de la Cámara, que sólo vota cuando existe empate.

Las principales atribuciones de la Conferencia son: establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario para su desahogo y la integración básica del orden del día de cada sesión; determinar las formas en que se llevarán a cabo los debates, discusiones y deliberaciones; proponer al pleno el proyecto de Estatuto de la organización técnica y administrativa y del servicio de carrera de la Cámara; impulsar y dar seguimiento al trabajo de las Comisiones; proponer al Pleno, para su aprobación, los nombramientos del Secretario General y del Contralor Interno; realizar la declaratoria de extinción de comisiones especiales; y dar seguimiento a la prestación de los servicios parlamentarios y administrativos, así como de las funciones de la Contraloría.

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