03 de diciembre 2024
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Introducción
 

Las Comisiones son órganos constituidos por el pleno que a través de la elaboración de Dictámenes, Informes, Opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla con sus atribuciones constitucionales y Legales (Art. 39 Ley Orgánica del Congreso General)

En principio debe señalarse que las Comisiones Ordinarias de la LX Legislatura fueron constituidas al término del mes de septiembre del año 2006, y en ese tenor la Comisión de Puntos Constitucionales se instaló formalmente el 10 de octubre de 2006, habiendo precedido el acto de entrega recepción de las instalaciones y expedientes, mismo que se llevó a cabo el día 3 de octubre de 2006. En términos de los que dispone el artículo 39, numeral 3 de la Ley Orgánica de la Materia, tiene a su cargo tareas de dictamen legislativo de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primerodel artículo 93 constitucionalla competencia de las Comisiones Ordinarias se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal.

Por otra parte, convencidos de la necesidad de fortalecer al Poder Legislativo en su interrelación con los Poderes Ejecutivo y Judicial, esta Comisión desarrollará sus trabajos legislativos teniendo como objetivos los siguientes:

I.Impulsar dentro de su ámbito la realización de acciones para detectar las necesidades sociales, económicas y políticas para satisfacer demandas ciudadanas que culminen en el mejoramiento del marco constitucional.

II.Analizar las Iniciativas y minutas en materia constitucional buscando siempre, su viabilidad jurídica y política para la realización de los dictámenes correspondientes.

III.Durante el proceso de dictaminación, la Comisión de Puntos Constitucionales realizará una extensa valoración sobre la pertinencia de aprobar o rechazar cualquier reforma.

IV.Vigilar cualquier modificación que sufra la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debido a quees La Ley Suprema de la Nación conforme lo establece en su artículo 133 y cualquier modificación debe prevenir de un intenso proceso de reflexión que se menciona en el artículo 135 de la propia Constitución.

Esta Comisión deberá atender un universo amplio de asuntos pendientes de la LIX Legislatura, ( 603 propuestas de reforma, 14 minutas Proyecto de Decreto, 7 excitativas,así como los asuntos que sean turnados a esta Comisión por la Presidencia de esta Cámara y en su caso por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

En los trabajos preparatorios de esta Comisión se realizan labores de clasificación por materia y por turno mismos que se envían para su información análisis y dictaminación a las diferentes Subcomisiones.

Para ello hubo la necesidad de crear ocho subcomisiones de trabajo:

·Derechos y Deberes Fundamentales

·Régimen Político y Forma de Gobierno

·Federalismo

·Reforma Electoral

·Administración Pública

·Seguridad y Justicia

·Economía Hacienda y Patrimonio Nacional

·Órgano de Control Constitucional y Mecanismo de Reforma a la Constitución.

Con el fin de conocer de manera concreta las subclasificaciones de los asuntos por materia, por turno,por el estado que guardan, por la legislatura en que fueron presentados, por su origen, de acuerdo con los individuos o instituciones que hayan ejercido su derecho de iniciativa en términos del artículo 71 Constitucional o por el Grupo Parlamentario al que pertenecen, etc. La calendarización de los trabajos se realizará atendiendo a las directrices y acuerdos que emita la propia Comisión.

En la integración de las Subcomisiones y de los Grupos de Trabajo se reflejala pluralidad de los Grupos Parlamentarios representados en esta Comisión. De acuerdo al artículo 45, numeral 6, inciso d) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a efecto de desahogar el abundante trabajo legislativo que tiene esta Comisión, el Pleno de la misma sesionará por lo menos una vez al mes, convocando a sesiones extraordinarias cuantas veces sea necesario para el desahogo de las tareas pendientes.

La Comisión de puntos Constitucionales desarrollará sus trabajos privilegiando el diálogo y las deliberaciones constructivas que permiten respetar las diversas posiciones consecuencia de la pluralidad de su integración y representación.

La Mesa Directiva de la Comisión exhortará permanentemente a los integrantes de la misma a fin de que acudan puntualmente a las reuniones.

Asimismo, se realizarán diversos foros y conferencias, y en su caso visitas, a efecto de conocer las opiniones de la población y de especialistas en las materias objeto del trabajo de esta Comisión.

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados instrumentará mecanismos de auto evaluación de su desempeño y avances, siendo uno de éstos, los informes que semestralmente rendirá a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

 
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