27 de abril 2024
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Acerca de la Naturaleza de las Comisiones Especiales
 

Según el Diccionario universal de términos parlamentarios: Comisión es la acción de acometer; significa igualmente la “orden y facultad que una persona da por escrito a otra para que ejecute algún encargo o entienda en algún negocio” se refiere también al “conjunto de personas encargadas por una corporación o autoridad para atender en algún asunto”.

El vocablo comisión significa en términos jurídicos a el conjunto de personas encargadas de cierta función pública específica y procede del latín comissio y su derivado committer, confiar, encomendar.

Ahora bien las Comisiones Legislativas, son las encargadas del Estudio y la redacción de Leyes; de el control y supervisión del funcionamiento de la Administración Pública, y la representación e información al pueblo.

El trabajo en comisiones (de diputados y senadores) no es mas que una expresión de la especialización del conocimiento de los asuntos, la diversificación funcional de los asuntos de la Asamblea y desde luego es una representación plural de todas las fuerzas políticas representadas en el Pleno.

Los criterios de clasificación de las comisiones Legislativas son variados, pero pueden fundarse en la duración, en la materia a la que se les encargue, en el carácter de su función, en su ordenación constitucional o únicamente legal o reglamentario, en el número de sus integrantes, en el momento de su integración y en su capacidad decisoria; en ese sentido en México, tenemos que existen Comisiones Permanentes, no permanentes, especiales, conjuntas, de Investigación y de Estudio.

El caso que nos ocupa es una Comisión Especial, cuyo fundamento radica en La Ley Orgánica de la Cámara de Diputados que permite que cada Legislatura de las Cámaras, de acuerdo a las necesidades coyunturales y el contexto sociopolítico y económico, crea comisiones especiales cuya duración es indefinida o bién perfectamente definida por razones de su encargo.

Es la expresión de flexibilidad con que cuenta el Poder Legislativo, para poder canalizar las inquietudes sociales y que estas no sean rechazadas por una muralla inflexible de Comisiones ordinarias o de Dictámen, que no contemplan los temas de coyuntura.

De esta forma la Cámara de Diputados actúa para servir a la población en General, en el tema de denuncias sobre delitos electorales, en la actual renovación de la misma y de los Procesos Locales para renovar Poderes Ejecutivos, Congresos Locales y Ayuntamientos.

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