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18 de marzo 2024
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Reglamento de las Comisiones Tématicas
 

Los Estatutos de la Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA) prevén, en el artículo 24, que el Comité Ejecutivo tiene diversas funciones, entre las cuales figura la de crear comisiones temáticas permanentes de trabajo y fijar la cantidad así como las áreas de competencia de las mismas.

TÍTULO I – DE LOS OBJETIVOS Y ATRIBUCIONES

CAPÍTULO I – DE LOS OBJETIVOS

Artículo 1 De los objetivos

Las comisiones tienen por objetivo asegurar, en función de sus respectivos campos de competencias, entre otros el seguimiento del proceso de negociación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) que fue implementado en el marco de las Cumbres de las Américas y de cualquier otro tema que el Comité Ejecutivo le confíe. A su vez, las comisiones permiten una mayor participación de parlamentarios en distintos áreas de trabajo y contribuyen a estrechar vínculos entre quienes tienen especialización técnica o integran comisiones parlamentarias de similar temática.

CAPÍTULO II- DE LAS ATRIBUCIONES

Artículo 2 De las atribuciones

Las comisiones y sus principales campos de competencia son:

I.- La Comisión de Democracia y Paz, que analiza los temas referidos al fortalecimiento y la promoción de la democracia y del Estado de derecho, la actualidad política y parlamentaria, las misiones de observación electoral y la promoción de la paz en las Américas;

II.- La Comisión de Economía, Comercio, Trabajo y Bloques Comerciales, que examina los temas económicos y comerciales, incluyendo todos los aspectos de la integración económica de las Américas, las políticas de inversión y los temas relativos al trabajo, al igual que los asuntos relacionados con la agricultura, la pesca, la explotación de los recursos naturales y el turismo;

III.- La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, que estudia las cuestiones referidas a la educación, la juventud, la ciencia y la tecnología, la promoción de la cultura, la defensa de la diversidad cultural, al igual que la preservación del patrimonio lingüístico en las Américas;

IV.- La Comisión de Salud y Protección Social, que examina toda cuestión relacionada con la salud, las medidas de protección social y las políticas tendientes a la erradicación de la pobreza

V.- La Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, que estudia los temas referidos a la calidad del medio ambiente, la preservación de la biodiversidad, el uso sostenible de los recursos y el desarrollo urbano al igual que las cuestiones vinculadas al manejo de catástrofes que conllevan consecuencias ambientales;

VI.- La Comisión de Derechos Humanos, Pueblos Indígenas y Seguridad de los Ciudadanos, que analiza la situación de los derechos humanos, en especial los derechos de los pueblos indígenas, los afroamericanos y los refugiados, al igual que los temas relativos a las migraciones y la promoción de la seguridad de los ciudadanos en las Américas.

TÍTULO II – DE LA MESA DIRECTIVA

Artículo 3 De los miembros

Cada comisión cuenta con una Mesa Directiva que está integrada por un(a) Presidente(a), un(a) Vicepresidente(a) y Relatores, cuyo nombre puede variar según las circunstancias.

La Mesa Directiva recibe el apoyo administrativo de las tres unidades de Secretaría.

Las comisiones están integradas por parlamentarios integrantes de la COPA.

Artículo 4 De la designación de los miembros

Los miembros de la Mesa Directiva son nombrados por el Comité Ejecutivo.

Los miembros de la Mesa Directiva asumirán oficialmente sus funciones al término de la Asamblea General durante la cual fueran designados y su mandato concluirá al finalizar la Asamblea General subsiguiente a la de su nominación.

El mandato de los miembros de la Mesa Directiva podrá ser renovado.

Artículo 5 De las vacantes

En caso de fallecimiento, renuncia, imposibilidad o finalización del ejercicio de las funciones parlamentarias de uno de los miembros de la Mesa Directiva, las autoridades competentes del congreso o de la Asamblea parlamentaria que éste representa designan a su reemplazante.

Artículo 6 De los temas

La Mesa Directiva define los temas que la comisión abordará en función de las prioridades que la COPA ha establecido.

Las comisiones confeccionan informes sobre las cuestiones vinculadas a sus áreas de competencia y presentan recomendaciones, mociones u opiniones a la Asamblea General para discusión y aprobación.

Artículo 7 De las atribuciones del(de la) Presidente(a)

El(La) Presidente(a) de la comisión informa regularmente al(a la) Presidente(a) de la COPA y al Comité Ejecutivo del curso de los trabajos de la comisión.

El(La) Presidente(a) presenta a la Asamblea General un informe sobre las actividades de la comisión.

El(La) Presidente(a) organiza, en colaboración con los miembros de la Mesa Directiva, las reuniones de la comisión.

El(La) presidente(a) de comisión pueder invitar a observadores o expertos a que participen en los trabajos de su comisión.

TÍTULO III – DE LA FRECUENCIA Y DESARROLLO DE LAS REUNIONES

CAPÍTULO I – DE LA FRECUENCIA DE LAS REUNIONES

Artículo 8 De la frecuencia de las reuniones

Las comisiones llevan a cabo sus trabajos en reunión ordinaria durante las Asambleas Generales. Pueden asimismo reunirse por iniciativa del Presidente en otras oportunidades, principalmente en forma paralela a actividades interamericanas o internacionales que traten de temas de su competencia.

CAPÍTULO II – DEL DESARROLLO DE LAS REUNIONES

Artículo 9 De los proyectos de recomendaciones, mociones u opiniones

Proyectos de recomendaciones, mociones u opiniones se presentan por escrito a los participantes para debate y aprobación.

Los parlamentarios que deseen introducir modificaciones deberán hacerlo por escrito.

Artículo 10 Del voto

Las comisiones toman sus decisiones preferentemente por consenso. En el caso en que no se logre consenso, la cuestión se refiere al Comité Ejecutivo.

TÍTULO IV – DEL REPARTO DE LAS RESPONSABILIDADES Y ROL DE LAS TRES UNIDADES DE SECRETARÍA

CAPÍTULO I – DEL REPARTO DE LAS RESPONSABILIDADES DE LAS TRES UNIDADES DE SECRETARÍA

Artículo 11 Del reparto de las responsabilidades de las tres unidades de secretaría

El apoyo administrativo a las comisiones se reparte de la siguiente manera:

Secretaría de Brasil: - Comisión de Derechos Humanos, Pueblos Indígenas y Seguridad de los Ciudadanos;

- Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible;

Secretaría de México: - Comisión de Economía, Comercio, Trabajo y Bloques Comerciales;

- Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Secretaría de Québec: - Comisión de Democracia y Paz;

Comisión de Salud y Protección Social.

CAPÍTULO II – DEL ROL DE LAS TRES UNIDADES DE SECRETARÍA

Artículo 12 Del rol de las tres unidades de secretaría

Los parlamentarios deberán inscribirse en la unidad de secretaría que brinde el apoyo administrativo de la comisión para poder ser miembros y recibir los documentos vinculados a los trabajos de la misma.

Las tres unidades de Secretaría de la COPA elaboran, para cada una de las comisiones que respaldan desde el punto de vista administrativo, bancos documentales, disponibles en el sitio Internet de la COPA. Los miembros de las comisiones brindan asimismo su aporte para alimentar dichos bancos documentales.

Entre las reuniones, las tres unidades de secretaría permiten que los miembros de las comisiones debaten acerca de los temas de su competencia por medio de listas de difusión por correo electrónico que están a su disposición.

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