23 de abril 2024
Presentación
Directorio
Marco Normativo
Estructura Orgánica
Programa Anual de Trabajo
Actividades y Acuerdos
Informes de la Revisión de la Cuenta Pública
Eventos
Comunicados de Prensa
Fotogalería
Unidad de Evaluación y Control
Preguntas Frecuentes
Sitios de Interés
Contáctanos

 
 
 
 
Inicio / Diputados / ComisionesLX / Ordinarias / Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación / Marco Normativo / Ley de Fiscalización Superior de la Federación  
Ley de Fiscalización Superior de la Federación
 

Artículo 66. Para efectos de los dispuesto en la fracción II del artículo 74constitucional,la Cámara (de Diputados) contará con una Comisiónque tendrá por objetocoordinar las relaciones entre éstay la Auditoría Superior de la Federación , evaluar el desempeño de ésta última y constituir el enlaceque permita garantizar la debida coordinaciónentre ambos órganos.

Artículo 67. Son atribuciones de la Comisión:

I. Ser el conducto de comunicación entre la Cámara y la Auditoría Superior de la Federación;

II. Recibir de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el Informe de Avance de Gestión Financiera y la Cuenta Pública y turnarlos a la Auditoría Superior de la Federación;

III. Presentar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara, el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública;

IV. Conocer el programa anual de actividades que para el debido cumplimiento de sus funciones, elabore la Auditoría Superior de la Federación, así como sus modificaciones, y evaluar su cumplimiento;

V. Citar por conducto de su Mesa Directiva, al Auditor Superior de la Federación para conocer en lo específico el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública;

VI. Conocer el proyecto de presupuesto anual de la Auditoría Superior de la Federación, así como el informe anual de su ejercicio, y turnarlo a la Junta de Coordinación Política de la Cámara para los efectos legales conducentes;

VII. Evaluar si la Auditoría Superior de la Federación cumple con las funciones que conforme a la Constitución y esta Ley le corresponden y proveer, lo necesario para garantizar su autonomía técnica y de gestión;

VIII. Presentar a la Cámara la propuesta de los candidatos a ocupar el cargo de Auditor Superior de la Federación, así como la solicitud de su remoción, en términos de los dispuesto en el tercer párrafo del artículo 79 constitucional;

IX. Proponer al Pleno de la Cámara al titularde la Unidad de Evaluación y Control y los recursos materiales, humanos y presupuestales con los que deben contar la propia unidad;

X. Proponer al Pleno de la Cámara el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y control;

XI. Aprobar el programa de actividades de la Unidad de Evaluación y Control y requerirle todo tipo de información relativa a sus funciones;

XII. Ordenar a la Unidad de Evaluación y Control, la practica de auditiorías en la entidad de fiscalización superior de la Federación;

XIII. De acuerdo a las posibilidades presupuestales, contratar Asesores Externos para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones;

XIV. Las demás que establezca esta Ley y demás disposiciones aplicables.

 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos