26 de abril 2024
Presentación
Directorio
Marco Normativo
Estructura Orgánica
Programa Anual de Trabajo
Actividades y Acuerdos
Informes de la Revisión de la Cuenta Pública
Eventos
Comunicados de Prensa
Fotogalería
Unidad de Evaluación y Control
Preguntas Frecuentes
Sitios de Interés
Contáctanos

 
 
 
 
Inicio / Diputados / ComisionesLX / Ordinarias / Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación / Marco Normativo / Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control  
Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control
 

Artículo 7. A la Comisión, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 67 fracción VII, 91 y demás relativos de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación corresponde:

I. Proponer, en los términos de la Ley al pleno de la Cámara,el nombramiento o remoción del titular de la Unidad;

II. Aprobar y presentar al Pleno de la Cámara, por conducto de la Junta de Coordinación Política, el anteproyecto de Presupuesto anual de la Unidad;

III. Aprobar el Programa Anual de Actividades, el Manuel General de Organización, Lineamientos y Criterios Generales, y demás manuales administrativos de la Unidad.

IV. Aprobar las normas técnicas y los procedimientos a que deben sujetarse las visitas, inspecciones, y auditorias que se practiquen a la Auditoría Superior;

V. Ordenar a la Unidad, la práctica de auditorías, inspecciones y visitas, a la Auditoría Superior, para que las practique por sí, o de manera externa;

VI. Autorizar la solventación de las recomendaciones formuladas a la Auditoría Superior, derivadas de las revisiones practicadas por la Unidad, y vigilar que hayan sido plenamente atendidas;

VII. Presentar denuncias y querellas ante la autoridad competente en caso de detectar conductas presumiblemente constitutivas de delito, imputables a los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, a través de la Unidad de Evaluación y Control;

VIII. Ser el conducto de comunicación entre la Cámara y la Unidad;

IX: Autorizar el nombramiento y remoción del personal de mando de la Unidad, a partir del nivel de director;

X. Autorizar el nombramiento y remoción de los trabajadores de confianza con que cuente la Unidad;

XI. Interpretar el presente reglamento, aclarar y resolver las consultas sobre su aplicación;

XII. Presentar a la Cámara el Informe Anual de Gestión de la Unidad;

XIII. Las demás que se deriven de la Ley, el presente reglamento, y de los acuerdos de la Cámara.

 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos