Cambio de adscripción
Fundamento: Artículo 48 de las Condiciones Generales de Trabajo. Requisitos: Los trabajadores podrán solicitar ante la Dirección General y obtener previa causa justificada a juicio del titular, con intervención del Sindicato, cambio de adscripción, si sus antecedentes son satisfactorios y el servicio lo permite. La solicitud de cambio de adscripción se presentará ante la Dirección General y deberá contener.
- a) Nombre del trabajador y su firma.
- b) Puesto y nivel.
- c) Unidad administrativa donde presta sus servicios y a dónde solicita el cambio.
- d) Motivo de la solicitud.
La Dirección General contestará en un plazo no mayor a treinta días las solicitudes de cambio de adscripción.
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