Para revisar algunas páginas de comisiones que publican la información anterior diríjase a la siguiente dirección: www.cddhcu.gob.mx/camdip/comdip/
A la Dirección de Comisiones y Comités, en cumplimiento con lo dispuesto por el inciso c), párrafo 1, del artículo 49 de la Ley Orgánica, le corresponden las funciones y tareas siguientes:
a) Desarrollar análisis e investigaciones para el desahogo de los asuntos de la competencia de comisiones y comités;
b) Cuidar que los dictámenes, propuestas y demás escritos de las comisiones y comités cumplan con las normas que regulan su formulación;
c) Organizar, coordinar e impulsar las actividades de los secretarios técnicos y demás personal adscrito a las unidades de asistencia parlamentaria;
d) Llevar y mantener actualizados los registros sobre la integración de las comisiones y comités, sus actividades y el estado que guarden los asuntos que les fueren turnados;
e) Proponer al Secretario de Servicios Parlamentarios, en los casos no previstos por este Estatuto, la adscripción de los funcionarios del Servicio a las unidades de asistencia parlamentaria; y
f) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de las normas, disposiciones y acuerdos aplicables.
(ARTICULO 27 DEL E.O.T.A.S.C.)
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