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29 de marzo 2024
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Trabajadores con relación laboral de base y base sindicalizada

Cambio de adscripción

Fundamento: Artículo 48 de las Condiciones Generales de Trabajo.
Requisitos: Los trabajadores podrán solicitar ante la Dirección General y obtener previa causa justificada a juicio del titular, con intervención del Sindicato, cambio de adscripción, si sus antecedentes son satisfactorios y el servicio lo permite. La solicitud de cambio de adscripción se presentará ante la Dirección General y deberá contener.

  • a) Nombre del trabajador y su firma.
  • b) Puesto y nivel.
  • c) Unidad administrativa donde presta sus servicios y a dónde solicita el cambio.
  • d) Motivo de la solicitud.

La Dirección General contestará en un plazo no mayor a treinta días las solicitudes de cambio de adscripción.

 
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